SunFields participa como proveedor de paneles solares fotovoltaicos, en el desarrollo y construcción llave en mano de proyectos fotovoltaicos en cubiertas y tejados de naves e inmbuebles para proporcionar a sus propietarios una rentabilidad de entre el 8 y el 10%.
La energía solar fotovoltaica es una inversión queproporciona una fuente de ingresos muy rentable y segura. El marco legal de la energía fotovoltaica es el Real Decreto 1565/2010, gracias al que España disfruta de un sistema de primas regulado que será efectivo, por ley, durante los primeros 25 años de la instalación. La energía producida por un sistema fotovoltaico conectado a la red goza de una prima especial por tratarse de energía eléctrica generada por una fuente renovable. De esta manera un proyecto de producción de energía a partir de una fuente renovable, como la solar fotovoltaica, además de ser ambientalmente sostenible, se convierte en una inversión con una rentabilidad muy ventajosa, entre el 8 y el 10%, desde el primer kilovatio instalado.
Además de esto, los sistemas de conexión a red para instalaciones fotovoltaicas tienen ventajas fiscales, recuperación del IVA durante el año siguiente a la inversión. Deducción por inversión de carácter medioambiental a partir de un 2%, periodo de ejecución.. Su máximo interés, tal como se indicaba anteriormente, es su rentabilidad, entre un 8% y un 10% en todas las instalaciones, y en que ofrece un periodo de retorno de la inversión que oscila entre los 10 y 13 años. Esto convierte a la industria fotovoltaica en una inversión mucho más interesante que otras inversiones a largo plazo.
Legislación vigente: Tarifa regulada para instalaciones fotovoltaicas conectadas a red según Real Decreto 1578/2008 (Art. 11) y RD 1565/2010
Tipo I: Instalaciones Fotovoltaicas ubicadas sobre cubiertas.
Se incluyen cubiertas o fachadas de construcciones fijas, cerradas, hechas de materiales resistentes, dedicadas a usos residencial, de servicio, comercial, agropecuario o industrial. O bien cubiertas sobre estructuras fijas de tipo aparcamiento o sombreamiento dedicadas a alguno de los usos anteriores y ubicadas en una parcela con referencia catastral urbana.
Tipo I.1 Potencia instalada inferior o igual a 20 kW:
Primeros 25 años: Tarifas estimadas para cada trimestre del 2011 si se llenan todos los cupos.
| Trimestres | 1T 2011 | 2T 2011 | 3T 2011 | 4T 2011 |
|---|---|---|---|---|
| Tarifas aproximadas | 31,354 c€/Kwh | 29,012 c€/Kwh | 28,1271 c€/kWh | 27,523 c€/Kwh |
Tipo I.2 Potencia instalada mayor a 20 kW e inferior a 2 MW:
Primeros 25 años: Tarifas estimadas para cada trimestre del 2011 si se llenan todos los cupos.
| Trimestres | 1T 2011 | 2T 2011 | 3T 2011 | 4T 2011 |
|---|---|---|---|---|
| Tarifas aproximadas | 27,889 c€/Kwh | 20,373 c€/Kwh | 19,8353 c€/kWh | 19,327 c€/Kwh |
Los importes de tarifas para fotovoltaica se actualizarán anualmente tomando como referencia el siguiente incremento:
IPC menos 0,25% hasta 2012.
IPC menos 0,50% desde 2013 en adelante.
Cada kilowatio-hora producido mediante energía solar fotovoltaica evitará la emisión de 0, 5Kg. de CO2 a la atmósfera. Además, las plantas fotovoltaicas sobre cubierta son silenciosas y respetuosas con la fauna y flora local, por lo que contribuyen al desarrollo sostenible del planeta, y a la consolidación de un nuevo paradigma energético.
Documentación legislación vigente:
Real Decreto 661/2007 del 25 de Mayo
Real Decreto 1578/2008 del 26 de Semptiembre
Real Decreto 1565/2010 del 19 de Noviembre
