
Ayudas y subvenciones para placas solares en Madrid (2026)
p>La Comunidad de Madrid no dispone en 2026 de una convocatoria general abierta para nuevas instalaciones de autoconsumo fotovoltaico en viviendas o empresas. La convocatoria Next Generation regulada por el Real Decreto 477/2021 cerró el 31 de diciembre de 2023 y su plazo máximo de ejecución y justificación finalizó el 31 de marzo de 2026.
En 2026 se convocaron ayudas para inversiones en infraestructuras agrarias que podían incluir instalaciones de energía renovable con destino agrario. Estaban dirigidas exclusivamente a corporaciones locales de municipios rurales incluidos en el anexo de la convocatoria. Cubrían el 100% de la inversión, hasta 60.000 € por expediente y beneficiario.
En Madrid están disponibles deducciones estatales en el IRPF del 10% o del 20% para sistemas de autoconsumo instalados y pagados en 2026, además de las deducciones del 20%, 40% y 60% por obras que acrediten mejoras de eficiencia energética. Las bonificaciones del IBI y del ICIO dependen de la ordenanza fiscal de cada municipio.
El plazo de la convocatoria de infraestructuras agrarias concluyó el 18 de junio de 2026. El estado de esos expedientes se consulta en “Mis Gestiones” de la Cuenta Digital de la Comunidad de Madrid. Los expedientes antiguos de autoconsumo gestionados por Fenercom pueden consultarse en su servicio de seguimiento.
¿Qué subvenciones y ayudas hay para placas solares en Madrid?
En la Comunidad de Madrid existe una ayuda directa específica para infraestructuras agrarias municipales que puede incluir instalaciones de energía renovable con destino agrario, además de beneficios fiscales para incentivar la instalación de placas solares fotovoltaicas de autoconsumo.
No hay activa una subvención general de la Comunidad de Madrid para que particulares o empresas presenten nuevas solicitudes de ayuda por instalar placas solares.
Y por otro lado, existen ayudas fiscales disponibles que son las deducciones en el impuesto sobre la renta (IRPF) y las bonificaciones en impuestos municipales como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y el ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras).
Subvenciones para paneles solares exclusivas de Madrid
En 2026, la Comunidad de Madrid convocó la ayuda para inversiones en infraestructuras agrarias para fomentar la competitividad, regulada por la Orden 3058/2025 y convocada mediante la Orden 1547/2026. Su referencia es A969 y su código BDNS es 904163. El plazo de solicitud está cerrado y la convocatoria se encuentra en tramitación.
- Ayudas para inversiones en infraestructuras agrarias 2026: Es una convocatoria en concurrencia competitiva destinada a corporaciones locales de los municipios rurales incluidos en el anexo II. Financia infraestructuras de uso común que mejoren la competitividad agraria, entre ellas instalaciones de energía renovable con destino agrario y electrificación rural para uso agrario. Las instalaciones renovables deben destinarse al autoconsumo de la infraestructura o de las explotaciones a las que presta servicio y no pueden plantearse como una actuación de beneficio urbano general. La ayuda cubre el 100% de la inversión subvencionable, con un máximo de 60.000 € por expediente y beneficiario. La convocatoria cuenta con 2.200.000 € y prevé la posibilidad de incorporar hasta 500.000 € adicionales. No establece una inversión mínima general. Son subvencionables la construcción o mejora de inmuebles e instalaciones, los equipos nuevos y determinados costes de asistencia técnica. No se subvencionan el IVA, los intereses, los medios propios de la corporación local, la compra de terrenos, los equipos usados ni las obras iniciadas antes del acta de no inicio.
- Programa de incentivos al autoconsumo Next Generation (2021-2023): Fue la principal ayuda general para autoconsumo, almacenamiento y sistemas térmicos renovables, financiada con fondos Next Generation EU a través del Real Decreto 477/2021. La Comunidad de Madrid abrió la convocatoria el 16 de noviembre de 2021 y el plazo para nuevas solicitudes terminó el 31 de diciembre de 2023. El presupuesto final gestionado por Fenercom fue de 272.559.035,03 €. Para autoconsumo fotovoltaico, los incentivos alcanzaban 600 €/kWp en el sector residencial y 1.000 €/kWp para administraciones públicas y tercer sector. El almacenamiento podía recibir hasta 490 €/kWh. El plazo máximo de ejecución y justificación de las actuaciones concedidas finalizó el 31 de marzo de 2026.
- Plan de Impulso al Autoconsumo Fotovoltaico 2019 (Ayudas autonómicas): Fue un programa lanzado por la Comunidad de Madrid con fondos puramente autonómicos para instalaciones solares en el sector residencial. Estuvo activo en 2019, con un plazo de solicitud desde enero hasta el 30 de junio de 2019. Esta convocatoria finalizó en 2019 y sus fondos se agotaron, por lo que actualmente está expirada.
Deducciones en el IRPF
Instalar placas solares de autoconsumo en una vivienda en Madrid puede dar derecho en 2026 a una deducción estatal específica del 10% o del 20% y a las deducciones estatales del 20%, 40% y 60% por obras de mejora de la eficiencia energética. La relación vigente de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid no incluye una deducción específica por instalar placas solares. Las cantidades subvencionadas deben descontarse de la base de deducción. En las deducciones por eficiencia energética se incluyen las cuotas de IVA satisfechas, el certificado anterior no puede tener más de dos años de antigüedad respecto al inicio de las obras y no da derecho a deducción la parte de la vivienda afectada a una actividad económica.
Las deducciones aplicables se resumen a continuación.
- Deducción estatal por autoconsumo del 10% o del 20%: Permite deducir el 10% de las cantidades pagadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 por instalar sistemas de autoconsumo renovable en un inmueble propiedad del contribuyente. El porcentaje es del 20% para propietarios de viviendas situadas en edificios de uso predominantemente residencial cuando la instalación se realice en el edificio. La base máxima anual es de 5.000 € y la instalación debe finalizar en 2026. Los pagos deben realizarse mediante tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Es necesario disponer de las autorizaciones y del Certificado de Instalación Eléctrica. Una misma instalación no puede aplicar las dos modalidades ni combinar esta deducción con una deducción por eficiencia energética sobre la misma instalación y el mismo inmueble.
- Deducción estatal por eficiencia energética del 20%: Se aplica a las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026 por obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda habitual o de otra vivienda de su titularidad arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso se alquile antes del 31 de diciembre de 2027. La base máxima anual es de 5.000 €. La reducción debe acreditarse comparando el certificado de eficiencia energética anterior y el posterior a las obras. El certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2027.
- Deducción estatal por eficiencia energética del 40%: Se aplica a las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026 por obras que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual o de otra vivienda de su titularidad arrendada para uso como vivienda o en expectativa de alquiler, siempre que en este último caso se alquile antes del 31 de diciembre de 2027, o permitan alcanzar una calificación energética “A” o “B”. La base máxima anual es de 7.500 €. La mejora debe acreditarse mediante certificados de eficiencia energética anterior y posterior. El certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2027.
- Deducción estatal por eficiencia energética del 60%: Está destinada a obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o permitan alcanzar una calificación energética “A” o “B”. Se aplica a cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2027. La base máxima anual es de 5.000 €, con posibilidad de aplicar el exceso en los cuatro ejercicios siguientes y un máximo acumulado de 15.000 €. El certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2028.
Bonificación en el IBI
La bonificación del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) en Madrid varía desde el 30% al 50% durante 3 a 5 años para viviendas con paneles solares.
La bonificación del IBI hay que solicitarla al ayuntamiento correspondiente mediante una solicitud de bonificación en el registro municipal, adjuntando documentos como: certificado final de la instalación solar (o boletín eléctrico), justificante de la inversión realizada, referencia catastral del inmueble y cualquier otro documento que exija la ordenanza local.
Una vez concedida, la rebaja se aplica en los recibos del IBI de los años siguientes.
Listado de Desgravación IBI por Municipios de Madrid
| Municipio Madrileño | Número de Habitantes | % de Bonifiación del IBI | Duración (años) |
| Alcalá de Henares | 195.649 | 50 | 1 |
| Alcobendas | 117.040 | máx. 50 | 1 |
| Algete | 20.611 | 50 | 5 |
| Alpedrete | 14575 | máx. 50 | 5 |
| Arganda del Rey | 55.389 | 40 | 5 |
| Ciempozuelos | 24.592 | 10 | 5 |
| Collado Villalba | 63.679 | 50 | 5 |
| Coslada | 81.661 | 50 | 3 |
| Daganzo de Arriba | 10.205 | máx. 50 | 8 |
| Getafe | 183.374 | Max 50 | 8 |
| Leganés | 189.861 | 30 | 2 |
| Madrid | 3.266.126 | máx. 50 | 3 |
| Majadahonda | 71.826 | 50 | 3 |
| Meco | 14.305 | 20 | 3 |
| Moralzarzal | 13.026 | 25 | 4 |
| Móstoles | 209.184 | 25 | 4 |
| Pinto | 52.526 | 50 | 4 |
| Pozuelo de Alarcón | 86.422 | 50 | 3 |
| Rivas-Vaciamadrid | 88.150 | máx. 50 | 5 |
| Rozas de Madrid, Las | 95.814 | 25 a 50 | 5 |
| San Agustín de Guadalix | 13.379 | 30 | 5 |
| San Sebastián de los Reyes | 89.276 | 25 | 5 |
| Torrelodones | 23.717 | 35 | 3 |
| Valdemoro | 75.983 | 50 | 5 |
| Velilla de San Antonio | 12.236 | 40 | 3 |
| Villaviciosa de Odón | 27.835 | 30 | 5 |
Bonificación en el ICIO
Casi todos los ayuntamientos de Madrid ofrecen una bonificación parcial del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) para instalaciones de energías renovables, y en muchos casos aplican la bonificación máxima permitida, del 95%. Esto quiere decir que el impuesto de obras prácticamente se perdona casi en su totalidad para quien instala paneles solares.
La bonificación del ICIO se solicita antes o durante la tramitación de la licencia/permiso de obra.
Listado de Bonificación ICIO por Municipios de Madrid
| Municipio Madrileño | Número de habitantes | % de Bonificación del ICIO |
| Alcalá de Henares | 195.649 | 90 |
| Alcobendas | 117.040 | 50 |
| Alcorcón | 170.514 | Max 95 |
| Alpedrete | 14.575 | 50 |
| Boadilla del Monte | 54.570 | Max 95 |
| Ciempozuelos | 24.592 | 10 |
| Getafe | 183.374 | 95 |
| Guadarrama | 16.032 | Max 95 |
| Leganés | 189.861 | 5 |
| Madrid | 3.266.126 | 95 |
| Majadahonda | 71.826 | 75 |
| Meco | 14.305 | 40 |
| Mejorada del Campo | 23.274 | 30 |
| Paracuellos del Jarama | 25.269 | 95 |
| Pinto | 52.526 | 95 |
| Rivas-Vaciamadrid | 88.150 | 95 |
| Rozas de Madrid, Las | 95.814 | 70 |
| San Fernando de Henares | 39.432 | 50 |
| San Martín de la Vega | 19.170 | 50 |
| San Sebastián de los Reyes | 89.276 | 95 |
| Torrejón de Ardoz | 131.376 | 95 |
| Velilla de San Antonio | 12.236 | 30 |
| Villanueva de la Cañada | 21.445 | 52 |
| Villaviciosa de Odón | 27.835 | 95 |
¿Qué requisitos hay para solicitar las subvenciones de placas solares en Madrid?
Los principales requisitos de la convocatoria de infraestructuras agrarias 2026 que puede incluir instalaciones renovables son los que resumimos a continuación.
- Ser beneficiario elegible: Solo pueden solicitar la ayuda las corporaciones locales de los municipios rurales de la Comunidad de Madrid incluidos en el anexo II de la convocatoria. No es una ayuda para particulares, comunidades de propietarios ni empresas. La entidad debe cumplir las condiciones para obtener subvenciones, estar al corriente de sus obligaciones y haber rendido sus cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas antes del pago.
- La actuación debe tener carácter agrario y estar ubicada en la Comunidad de Madrid: El proyecto debe corresponder a una infraestructura de uso común que mejore la competitividad de las explotaciones agrarias. No se admiten actuaciones que tengan únicamente un beneficio urbano. La corporación local debe acreditar la disponibilidad de los terrenos.
- Características técnicas mínimas: Las instalaciones de energía renovable deben tener destino agrario y utilizarse para el autoconsumo de la infraestructura o de las explotaciones a las que presta servicio. El proyecto debe justificar su viabilidad técnica, respetar la normativa urbanística y ambiental y cumplir los criterios de sostenibilidad aplicables a la generación renovable.
- Fecha de inicio y gastos elegibles: La inversión no puede estar iniciada antes de solicitar la ayuda. Con carácter general, la ejecución comienza después del acta de no inicio emitida por la Administración o una vez transcurrido un mes desde la solicitud si no se ha levantado el acta. Los gastos de proyecto, permisos y licencias necesarios pueden ser anteriores. El IVA no es subvencionable.
- No haber recibido otra ayuda para el mismo proyecto: La corporación local debe declarar que no ha recibido ni está pendiente de recibir otra subvención para la misma inversión. Tampoco puede haberse subvencionado el mismo proyecto en convocatorias anteriores.
- Documentación completa: Es imprescindible aportar el acuerdo del Pleno u órgano competente, la acreditación de la disponibilidad de los terrenos, la memoria valorada o el proyecto técnico, el presupuesto, las autorizaciones, la documentación ambiental y tres ofertas comparables. Para inversiones inferiores a 40.000 € sin IVA se admite una memoria valorada suscrita por técnico competente. Para importes iguales o superiores a 40.000 € sin IVA se exige un proyecto completo. Si actúa un representante, debe acreditarse la representación.
- Mantenimiento de la inversión: La actividad y los bienes subvencionados deben mantenerse destinados a la finalidad concedida durante al menos cinco años desde el pago final.
- Cumplir procedimientos: Para obtener la ayuda, el proyecto debe alcanzar al menos 20 puntos y obtener puntuación en dos criterios de selección. Los proyectos concedidos deben ejecutarse y justificarse como máximo el 1 de abril de 2027.
¿Son compatibles los beneficios fiscales con las ayudas para placas solares en Madrid?
Sí. Las ayudas directas son compatibles con las bonificaciones fiscales (IBI, ICIO) y con las deducciones del IRPF, de hecho, se complementan para mejorar la rentabilidad del autoconsumo.
¿Cómo se solicitan las subvenciones para placas solares en Madrid?
La solicitud de la ayuda para infraestructuras agrarias 2026 se realizaba exclusivamente por medios electrónicos en la Sede de la Comunidad de Madrid, mediante el procedimiento con referencia A969 y siguiendo estos pasos.
- Preparar la documentación de la corporación local y del proyecto, incluidos el acuerdo del órgano competente, la disponibilidad de los terrenos, la memoria o proyecto técnico, las autorizaciones y las ofertas exigidas.
- Acceder al procedimiento “Ayudas para inversiones en infraestructuras agrarias 2026” de la Sede de la Comunidad de Madrid e identificarse con un sistema de firma electrónica reconocido.
- Cumplimentar el formulario y adjuntar todos los documentos. Si el formulario no se termina en el momento, puede recuperarse con el localizador facilitado por el sistema.
- Acceder al Registro, firmar y enviar la solicitud. Si una entidad presenta varias solicitudes, solo se considera válida la última y las anteriores quedan anuladas.
La convocatoria se tramita en concurrencia competitiva. Los proyectos se ordenan por puntuación y se financian de mayor a menor hasta agotar el crédito disponible. Si falta documentación, la Administración concede un plazo de 10 días hábiles para subsanar. El plazo máximo para resolver es de 6 meses y el silencio administrativo es desestimatorio.
La solicitud puede presentarla la corporación local o su representante debidamente acreditado. No es obligatorio utilizar una entidad colaboradora ni una empresa instaladora adherida.
¿Cómo consultar el estado de una solicitud de ayudas para placas solares en Madrid?
Una vez presentada la solicitud de la convocatoria de infraestructuras agrarias, el expediente puede consultarse por las siguientes vías.
- Cuenta Digital de la Comunidad de Madrid: En la sección “Mis Gestiones” se puede consultar el estado de la solicitud, revisar los documentos enviados, aportar documentación y enviar comunicaciones.
- Notificaciones electrónicas: Las comunicaciones y requerimientos se reciben en la Cuenta Digital cuando se ha elegido la notificación electrónica en el formulario.
- Contacto con el organismo gestor: La unidad responsable es el Área FEADER no SIGC II de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Las consultas pueden dirigirse al correo ayudas_agrarias@madrid.org.
- Expedientes antiguos de autoconsumo: Las solicitudes del programa regulado por el Real Decreto 477/2021 pueden consultarse en el servicio de estado de expedientes de Fenercom indicando el plan, el DNI o NIE y el número de expediente. El teléfono general publicado por Fenercom es el 913 53 21 97.
¿Hasta cuándo es el plazo para presentar las subvenciones para placas solares en Madrid?
Actualmente (2026) no hay un plazo abierto para presentar nuevas solicitudes de una ayuda general de autoconsumo en la Comunidad de Madrid. La convocatoria de infraestructuras agrarias 2026, que podía incluir instalaciones renovables con destino agrario, cerró el 18 de junio de 2026.
En detalle los plazos de presentación fueron los siguientes.
- La ayuda para inversiones en infraestructuras agrarias 2026 abrió el 19 de mayo de 2026 y cerró el 18 de junio de 2026. La sede oficial no publica una hora específica de apertura o cierre.
- Los proyectos concedidos deben ejecutarse y justificarse como máximo el 1 de abril de 2027.
- La Administración dispone de un plazo máximo de 6 meses para resolver. La falta de resolución expresa tiene efecto desestimatorio.
- Las ayudas Next Generation de autoconsumo cerraron el plazo de nuevas solicitudes el 31 de diciembre de 2023. La fecha límite de ejecución y justificación de las actuaciones concedidas fue el 31 de marzo de 2026.
- La deducción estatal por autoconsumo exige que los pagos y la finalización de la instalación se produzcan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026. Las deducciones por eficiencia energética del 20% y 40% cubren cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026 y la del 60% hasta el 31 de diciembre de 2027.
¿Los instaladores pueden tramitar las ayudas en nombre del beneficiario?
Sí, es habitual que los instaladores autorizados por la comunidad de Madrid ofrezcan servicios completos incluyendo la gestión integral de las subvenciones, facilitando así todo el proceso al cliente.
Si necesitas ayuda buscando un instalador, desde SunFields podemos ayudarte a encontrar el mejor instalador para tu proyecto en Madrid.
José Alfonso Alonso Lorenzo
Gerente y Fundador de SunFields. Profesional Fotovoltaico desde 2006.
- Ingeniero técnico Industrial por la Escuela Politécnica de Ferrol.
- Experto en Solar Fotovoltaica por el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas de Madrid en 2009-2010.
- Experto Profesional en Energía Fotovoltaica, por la UNED 2010-2011.
- Gerente y Responsable de Compras en SunFields Europe desde 2010.
Más sobre mí en: https://es.linkedin.com/in/jose-a-alonso-sunfields/
